El Gobierno vuelve a patear el Fondo de Asistencia Laboral: regirá desde diciembre y demora el pago de indemnizaciones

El Ejecutivo de Javier Milei decidió postergar nuevamente la puesta en marcha del Fondo de Asistencia Laboral creado por la reforma laboral. El régimen comenzará a regir el 1° de diciembre de 2026 y, además, el período mínimo de aportes pasó de seis a doce meses, por lo que el acceso efectivo a los fondos se demorará hasta diciembre de 2027.

NACIONAL

Debora Fernandez

10/20/20265 min read

El Gobierno de Javier Milei volvió a modificar el cronograma de implementación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), uno de los principales mecanismos incorporados por la reforma laboral para afrontar determinadas obligaciones vinculadas con las indemnizaciones por despido.

A través del Decreto 1228/2026, publicado este martes en el Boletín Oficial, el Ejecutivo resolvió postergar un mes la entrada en vigencia del sistema. De esta manera, el FAL ya no comenzará a funcionar el 1° de noviembre, como estaba previsto hasta ahora, sino que su implementación quedó fijada para el 1° de diciembre de 2026.

Pero la modificación no se limita a cambiar la fecha de inicio. El Gobierno también amplió de seis a doce meses el período mínimo de aportes que deberá acumular cada empleador antes de poder utilizar los recursos del fondo. Como consecuencia, el uso efectivo del mecanismo quedará desplazado hasta diciembre de 2027.

Un nuevo cambio en el cronograma

El Fondo de Asistencia Laboral fue creado dentro de la Ley de Modernización Laboral y busca establecer un mecanismo de financiamiento para determinadas obligaciones económicas que surgen cuando finalizan las relaciones laborales.

El esquema contempla la creación de cuentas individuales para los empleadores, donde se acumularán aportes destinados a afrontar obligaciones laborales contempladas por la normativa.

La puesta en marcha del sistema ya había sido postergada anteriormente. Originalmente, el régimen tenía otra fecha de inicio, pero el Gobierno había establecido mediante una reglamentación posterior que comenzaría a regir el 1° de noviembre de 2026.

Ahora, mediante el nuevo decreto, esa fecha vuelve a modificarse.

El argumento oficial está relacionado con la necesidad de otorgar más tiempo para que los fondos puedan constituirse y acumular recursos suficientes durante la etapa inicial de funcionamiento.

En términos prácticos, esto significa que las empresas tendrán un período adicional antes de quedar plenamente alcanzadas por el nuevo esquema.

El cambio que impacta directamente en los plazos

Uno de los aspectos más relevantes del nuevo decreto es la modificación del denominado período de carencia.

Hasta ahora, la reglamentación establecía un plazo mínimo de seis períodos mensuales de aportes antes de que los recursos pudieran ser utilizados. Con la nueva disposición, ese período se extiende a doce meses completos y consecutivos.

Además, el conteo comenzará a partir del mes en el que ARCA registre efectivamente el primer aporte realizado por el empleador al Fondo de Asistencia Laboral.

La modificación genera un efecto concreto sobre el calendario de utilización del sistema.

Si el régimen comienza a regir en diciembre de 2026 y los empleadores deben acumular doce meses de aportes antes de acceder a los recursos, el fondo recién podrá comenzar a utilizarse a partir de diciembre de 2027.

Por eso, aunque el Gobierno solamente anunció formalmente una postergación de un mes para la entrada en vigencia, el impacto sobre la disponibilidad efectiva del mecanismo es considerablemente mayor.

Cómo funcionará el Fondo de Asistencia Laboral

El FAL forma parte de la reforma laboral impulsada por el Gobierno y está destinado a los empleadores del sector privado alcanzados por el régimen.

El mecanismo establece aportes mensuales que se calculan sobre las remuneraciones utilizadas como base para determinar determinadas contribuciones patronales.

La reglamentación fijó diferentes porcentajes según el tipo de empleador.

Para las micro, pequeñas y medianas empresas y determinadas entidades sin fines de lucro, la contribución establecida es del 2,5%.

Para el resto de los empleadores privados alcanzados, el aporte es del 1%.

Un punto importante es que el aporte al FAL no fue diseñado como una nueva carga patronal adicional independiente. El sistema contempla que los recursos destinados al fondo sean detraídos de determinadas contribuciones patronales que actualmente se destinan a distintos subsistemas de la seguridad social.

Entre ellos se encuentran el sistema previsional, PAMI, el Fondo Nacional de Empleo y el régimen de asignaciones familiares.

Qué cambia para las empresas

Para los empleadores, la postergación implica contar con más tiempo para adecuarse al nuevo sistema y organizar las cuentas individuales necesarias para canalizar los aportes.

El régimen requiere una estructura financiera y administrativa que involucra a distintos organismos del Estado, entre ellos ARCA y la Comisión Nacional de Valores.

Los fondos deberán instrumentarse mediante vehículos de inversión habilitados, como fondos comunes de inversión abiertos y fideicomisos financieros, bajo las reglas establecidas por los organismos correspondientes.

La intención es que los aportes realizados por las empresas sean administrados dentro de esas estructuras y permanezcan asociados a las cuentas individuales correspondientes.

El nuevo cronograma extiende, por lo tanto, el período de preparación antes de que el sistema pueda utilizarse efectivamente.

El impacto sobre las indemnizaciones

Uno de los puntos centrales de la reforma laboral es la modificación de la forma en que las empresas pueden afrontar determinadas obligaciones vinculadas con la finalización de una relación laboral.

El FAL fue diseñado como una herramienta para generar recursos destinados a cubrir obligaciones derivadas de determinadas situaciones laborales, sin modificar por sí mismo el régimen indemnizatorio establecido por la legislación.

La diferencia está en el mecanismo de financiamiento.

En lugar de que una empresa deba afrontar determinados pagos únicamente con sus recursos disponibles en el momento de producirse una desvinculación, el nuevo esquema busca que exista previamente una acumulación de fondos.

Sin embargo, esa acumulación requiere tiempo. Precisamente por eso, la extensión del período de carencia constituye uno de los cambios más importantes introducidos por el decreto publicado este martes.

Un sistema que todavía está en etapa de implementación

La nueva postergación muestra que el Fondo de Asistencia Laboral todavía atraviesa una etapa de implementación y puesta a punto.

Durante los últimos meses, distintos organismos oficiales fueron aprobando las normas necesarias para establecer cómo deberán realizarse los aportes, cómo se administrarán los fondos y qué información deberán presentar los empleadores.

Con el nuevo decreto, el Gobierno busca darle mayor margen al proceso de conformación de los fondos antes de que comiencen a utilizarse.

Así, el calendario queda establecido en dos etapas claramente diferenciadas: el régimen comenzará formalmente el 1° de diciembre de 2026, mientras que la utilización de los recursos quedará habilitada después de completar el período mínimo de doce meses de aportes.

Qué viene ahora

La decisión del Gobierno vuelve a poner al Fondo de Asistencia Laboral en el centro del debate sobre los cambios introducidos por la reforma laboral.

Para las empresas, el nuevo cronograma significa más tiempo para adaptarse al sistema. Para los trabajadores, en cambio, implica que el mecanismo pensado para contribuir al financiamiento de determinadas obligaciones laborales tendrá que esperar más tiempo antes de alcanzar su funcionamiento efectivo.

El cambio también agrega una nueva modificación a un régimen que todavía no comenzó a operar plenamente y que continúa dependiendo de normas complementarias para completar su implementación.

Con el decreto publicado este martes, el Gobierno fijó finalmente una nueva fecha de inicio: 1° de diciembre de 2026. Pero el dato más significativo está en el plazo de carencia: los aportes deberán acumularse durante doce meses, por lo que el acceso efectivo a los recursos del FAL quedará recién para diciembre de 2027.

De esta manera, lo que inicialmente parecía ser una postergación de apenas un mes termina generando una demora mucho más extensa en la posibilidad de utilizar el nuevo fondo para afrontar obligaciones vinculadas con las relaciones laborales.

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